Seguridad social

Se impone a la Isapre NUEVA MASVIDA S.A.

Resumen del criterio jurisprudencial

Se impone a la Isapre NUEVA MASVIDA S.A. una multa de 500 UF (quinientas unidades de fomento) por incumplir con la obligación de disponer en su página web, el total de subsidios pendientes de cobro, infringiendo con ello lo dispuesto en la parte introductoria y en las letras a) y b) del Título IX, "Procedimiento de devolución de subsidios por incapacidad laboral a empleadores", del Capítulo VI, del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Procedimientos; una multa de 500 UF (quinientas unidades de fomento), por incumplir con la obligación de pagar los subsidios cobrados por empleadores públicos, dentro de los plazos establecidos en la normativa, infringiendo con ello lo establecido en el punto 1, del Título I "'Subsidios por incapacidad laboral", del Capítulo II del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios y una multa de 500 UF (quinientas unidades de fomento), por incumplimiento de las instrucciones impartidas a través del Oficio IF/N° 5547, de 10 de julio de 2019, en orden a efectuar las regularizaciones y pagos indicados, infringiendo con ello lo establecido en el inciso primero del artículo 220, del DFL N° 1, de 2005, de Salud.

Sanciones a isapres

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.