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El Consejo para la Transparencia conoció un amparo contra la Subsecretaría de Salud Púb…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2021

Resumen

El Consejo para la Transparencia conoció un amparo contra la Subsecretaría de Salud Pública, que solicitaba la nómina de funcionarios del Ministerio de Salud que hubieran recibido una o más dosis de vacuna contra el SARS-CoV-2, con el detalle indicado en la solicitud. La recurrente no era titular de los datos de salud requeridos y no existía consentimiento de los titulares. El Consejo resolvió rechazar el amparo por concurrir la causal de secreto o reserva del artículo 21 N° 2 de la Ley de Transparencia, en relación con la Ley N° 19.628 sobre protección de la vida privada y la Ley N° 20.584 sobre derechos de los pacientes. Se estimó que no existía un interés público prevalente que justificara revelar datos sensibles de salud.

Normas citadas

  • Ley 19628 1999 - Ley de protección de la vida privada
  • Ley de Transparencia
amparoDecisión de FondoSalud

Preguntas frecuentes

¿Se puede pedir por Ley de Transparencia la nómina de funcionarios públicos que se vacunaron contra el SARS-CoV-2?

En este caso, el Consejo para la Transparencia rechazó el amparo contra la Subsecretaría de Salud Pública porque la información sobre vacunación es un dato sensible de salud, y no existía consentimiento de los titulares ni un interés público prevalente que justificara revelarla.

¿Cuándo procede la causal de secreto del artículo 21 N° 2 de la Ley de Transparencia frente a datos de salud de funcionarios?

En este caso, el Consejo sostuvo que concurre la causal de secreto o reserva del artículo 21 N° 2 al relacionarse con la Ley N° 19.628 sobre protección de la vida privada y la Ley N° 20.584 sobre derechos de los pacientes, al tratarse de datos sensibles de salud.

¿Puede un tercero que no es titular de datos de salud acceder a ellos mediante un amparo de transparencia?

En este caso, el Consejo resolvió que la recurrente no era titular de los datos de salud requeridos y que no existía consentimiento de los titulares, por lo que rechazó el amparo.

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