Resumen del criterio jurisprudencial
La abogada Carla Nicole Cañón Rubio interpuso un recurso de protección en representación de Yerika Marina Vásquez Rojas contra el Servicio Nacional de Migraciones y el Ministerio del Interior por la denegación de su Carta de Nacionalización. La recurrente alegó que su solicitud fue rechazada basándose en una causa penal por estafa que concluyó con un acuerdo reparatorio, el cual extinguió la acción penal sin condena. Los informados argumentaron que la concesión de nacionalidad por carta es una potestad discrecional del Ministerio del Interior y que el decreto denegatorio se ajusta a derecho. La Corte consideró que la nacionalidad por carta es un privilegio soberano y no un derecho adquirido, permitiendo a la autoridad ponderar antecedentes negativos como acuerdos reparatorios para evaluar la idoneidad moral. En consecuencia, el tribunal rechazó el recurso al estimar que el acto administrativo no fue ilegal ni arbitrario y no vulneró las garantías constitucionales invocadas.