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El organismo señaló que el acceso a datos de salud es posible sin consentimiento solo c…

Resumen del criterio jurisprudencial

El organismo señaló que el acceso a datos de salud es posible sin consentimiento solo cuando sea indispensable para proteger derechos de niños, niñas y adolescentes, debiendo siempre cumplir con la obligación de guardar el secreto o reserva de los datos obtenidos, para resguardar de manera efectiva los derechos de niños, niñas y adolescentes en situaciones de riesgo

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.