Resumen
El Tribunal Constitucional de Perú se pronunció sobre la demanda de inconstitucionalidad interpuesta por el Colegio de Abogados de Lima Sur contra varios artículos de la Ley 31313, Ley de Desarrollo Urbano Sostenible. La sentencia declara fundada en parte la demanda, considerando inconstitucionales los artículos 54, 55, 56, 57, 59, 60 y la Primera Disposición Complementaria Modificatoria. Sin embargo, por sustracción de materia, declara improcedente la demanda respecto de ciertos extremos específicos. Respecto a la Segunda Disposición Complementaria Modificatoria, que establece una tasa adicional del 100% del impuesto predial, la sentencia la declara infundada. El fallo fue adoptado por mayoría de los magistrados del Pleno Jurisdiccional.