Resumen del criterio jurisprudencial
Se acoge el amparo interpuesto en contra de la Universidad Arturo Prat, ordenándose la entrega de copia de todas las respuestas otorgadas a las solicitudes que han sido denegadas, según se señala. Lo anterior, por tratarse de antecedentes de naturaleza públicas, respecto de los cuales, se desestimó la configuración de la causal de reserva o secreto de distracción indebida de los funcionarios del órgano, al no haber justificado ni acreditado de manera debida, los presupuestos que la ley y la jurisprudencia de este Consejo, han determinado para su configuración. Atendida las circunstancias de hecho expuestas por la reclamada, se concederá un plazo adicional para dar respuesta al presente procedimiento. Aplica criterio asentado en el Amparo, referente a la entrega de información de idéntica naturaleza. Previo a la entrega, el órgano deberá tarjar los datos personales y sensibles de contexto que pudieren estar contenidos en la información cuya entrega se ordena.