Laboral

Los derechos del trabajador subcontratado son todos los reconocidos en el Código del Tr…

Resumen del criterio jurisprudencial

Los derechos del trabajador subcontratado son todos los reconocidos en el Código del Trabajo en relación con su empleador directo (derecho al feriado anual, a sindicalizarse, a negociar colectivamente, entre otros) más los que el régimen de subcontratación le reconoce respecto de la empresa principal.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.