Se rechaza recurso de protección deducido por O.H.C.M., maestro de equitación condenado…
Sentencia · Corte Suprema · 2025
Resumen
Se rechaza recurso de protección deducido por O.H.C.M., maestro de equitación condenado por sentencia definitiva de 21 de octubre de 2022 por dos delitos de abuso sexual, en contra de la Resolución N° 47 de 31 de octubre de 2023 del Comité Nacional de Arbitraje Deportivo que le impone inhabilitación perpetua para participar en organizaciones deportivas. La Corte Suprema confirma la sentencia apelada de la Corte de Apelaciones de Valparaíso de 4 de enero de 2024, estimando que el Comité Nacional de Arbitraje Deportivo es competente para sancionar al recurrente conforme al Decreto Supremo N° 22 del Ministerio del Deporte, aun cuando no pertenezca a federación u organización deportiva alguna. Se estima que no existe vulneración al principio de reserva legal ni arbitrariedad en la sanción impuesta.
Normas citadas
Ley N° 20.737
Decreto Supremo N° 22 del Ministerio del Deporte
Artículo duodécimo 1.11 del Decreto Supremo N° 22
Artículo 366 inciso primero del Código Penal
Artículo 361 del Código Penal
Artículo 20 de la Constitución Política de la República
Auto Acordado de la Corte Suprema
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