Resumen del criterio jurisprudencial
Alberto del Carmen Muñoz Tapia dedujo recurso de protección contra Jaime Darío Villarroel Marcotti por cortar arbitrariamente los suministros de agua y energía eléctrica de su parcela en Quillota, afectando las garantías de los artículos 19 N°s 1, 3 y 8 de la Constitución. El recurrido alegó que no existía condominio y que el agua se suministraba por un acuerdo informal a cambio del pago de la electricidad, que el actor no había pagado. La Corte Suprema revocó la sentencia apelada y acogió parcialmente el recurso. En cuanto al agua, ordenó al recurrido restablecer el suministro dentro de quinto día y abstenerse de perturbar. En cuanto a la electricidad, consideró que el recurso había perdido oportunidad porque el servicio ya se había restablecido. El fallo estimó que el corte de agua constituyó un acto de auto tutela incompatible con el ordenamiento jurídico.