Resumen del criterio jurisprudencial
Dejado sin efecto por el dictamen 1600-2021, en cuanto señala que “el organismo administrador debe requerir al trabajador que ha sido identificado como contacto estrecho de origen laboral y a su respectivo empleador, que informen si han acordado que el trabajador continúe realizando sus labores a distancia y, en caso de existir dicho. (Criterio del oficio:Ley Nº 16.744: Actualiza instrucciones referidas a la enfermedad COVID-19, en lo que dice relación con las nuevas instrucciones de la autoridad sanitaria, sobre la duración del periodo de cuarentena de personas que han sido contactos estrechos de casos COVID-19, y que permanecen asintomáticas.)