Laboral

No resulta jurídicamente procedente pagar el bono de vacaciones previsto en el artículo…

Resumen del criterio jurisprudencial

No resulta jurídicamente procedente pagar el bono de vacaciones previsto en el artículo 26 de la ley Nº 20.799 a una profesional de la educación con contrato a plazo fijo de agosto a diciembre de 2014, por no encontrarse vigente su contrato al mes fijado por la ley para acceder al referido beneficio.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.