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La Corte de Punta Arenas señala que la suspensión opera por la denuncia y posterior que…

Resumen del criterio jurisprudencial

La Corte de Punta Arenas señala que la suspensión opera por la denuncia y posterior querella de Aduanas, ya que este no es un delito que la Fiscalía pueda investigar y formalizar sin intervención de la querellante, por ser un delito cuya acción pública nace de la instancia particular previa.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.