Administrativo

La adquisición de vales de gas por la Dirección de Bienestar de Carabineros de Chile a…

Resumen del criterio jurisprudencial

La adquisición de vales de gas por la Dirección de Bienestar de Carabineros de Chile a través del respectivo convenio marco para posteriomente venderlos a sus afiliados, no reviste el carácter de un beneficio de bienestar social en los términos dispuestos por el artículo 1° de la ley N° 18.713.

ContraloríaCGRdictamen

Accede al fallo completo

Inicia sesión para ver el tribunal, el rol de la causa, la fecha, el texto íntegro y analizar el fallo con inteligencia artificial.

Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.