Resumen del criterio jurisprudencial
El acta de denuncia imputa una infracción del artículo 97 n° 9 del código tributario por el ejercicio efectivamente clandestino del comercio vinculado a la venta de películas en la vía pública en la ciudad de valdivia. el denunciado se encuentra domiciliado en la comuna de maipú. sentencia de tribunal tributario y aduanero dejó sin efecto acta de denuncia debido a que, a su juicio, el jefe del departamento jurídico de la dirección regional valdivia, que decidió su levantamiento, carecía de competencia para ello. en efecto, la delegación de facultades del director del servicio para tomar la decisión que interesa se circunscribe al ámbito de competencia territorial del jefe de departamento jurídico regional. a juicio del tribunal, este ámbito de competencia quedaba fijado por el domicilio del denunciado que, en el caso particular, se encuentra en la comuna de maipú. la sentencia fue apelada por la denunciante. la ilustrísima corte de apelaciones de valdivia revocó lo resuelto en primera instancia. señaló que la decisión de levantar el acta de denuncia le corresponde al jefe del departamento jurídico del servicio correspondiente al lugar en que se hubiese cometido la infracción. agrega que la distribución de competencias jurisdiccionales y fiscalizadoras son distintas. en fin, señala que si bien el tribunal tributario y aduanero de la región de los ríos era incompetente para conocer de los antecedentes, ello debió declararse en su primera intervención. no habiéndose hecho tal declaración, se produjo la radicación del asunto. a continuación, el tribunal de alzada analiza el fondo de la materia denunciada, concluyendo que la denunciante acreditó el ejercicio del comercio clandestino por parte del denunciado. en consecuencia, se revoca la sentencia de primer grado y se condena al denunciado al pago de multa del 30% de una unidad tributaria anual.