Resumen del criterio jurisprudencial
Los trabajadores que se desempeñan en las sociedades Empresa Periodística La Tercera S.A, y Empresa Periodística La Cuarta S.A., prestan servicios efectivamente bajo subordinación y dependencia de la empresa Consorcio Periodístico de Chile S.A (Copesa), debiendo ser ésta considerada su empleador para los efectos laborales que corresponda.