Resumen del criterio jurisprudencial
Claudio Iván Aburto Pérez, pensionado por gran invalidez, demandó a su ex empleador Sergio Cerva S.A. por indemnización de perjuicios derivados de un accidente laboral ocurrido el 4 de enero de 2016. El accidente fue causado por una falla mecánica de frenos en un camión aljibe de 1998 que conducía el demandante. El Juzgado de Letras de Arauco rechazó la demanda al determinar que no se acreditó culpa o dolo del empleador conforme al artículo 69 de la Ley 16.744. La sentencia establece que el deber de cuidado del empleador no constituye un supuesto de responsabilidad objetiva, requiriéndose la acreditación de culpa o dolo para la procedencia de la acción.