Resumen
El organismo fijó nuevos criterios para el uso de tecnologías que detectan somnolencia, fatiga o distracción con fines preventivos. Estableció que estos mecanismos son lícitos si el riesgo está identificado, los trabajadores son informados, los datos se utilizan exclusivamente para prevención y las alertas llegan oportunamente al trabajador. La información no podrá emplearse para medir productividad, evaluar desempeño, aplicar sanciones ni poner término al contrato.