Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre la reclamación de un funcionario que cuestionaba la situación de su promoción y de los escalafones de un servicio público. El órgano fiscalizador constató que la demora del servicio en confeccionar y tramitar los escalafones, así como la falta de respuesta a una presentación del afectado, configura una infracción al artículo 8° de la ley N° 18.575 y al artículo 7° de la ley N° 19.880, por lo que ordenó adoptar las medidas necesarias para que los escalafones se elaboren oportunamente y las solicitudes de sus funcionarios se respondan a tiempo. Respecto de denuncias sobre supuestas irregularidades en la Subdirección de Recursos Humanos, no emitió pronunciamiento por falta de antecedentes que las sustentaran. En cuanto a los aumentos de grado concedidos a personal a contrata, sostuvo que, conforme a su jurisprudencia, corresponde a la autoridad fijar el nivel de asimilación, por lo que no advirtió irregularidad. Para volver a ser promovido, el interesado deberá someterse a un procedimiento de acreditación de competencias.