Padres venezolanos interponen recurso de protección en favor de su hijo G.J.F.R., quien…
Sentencia · Corte Suprema · 2024
Resumen
Padres venezolanos interponen recurso de protección en favor de su hijo G.J.F.R., quien fue inscrito erróneamente en el Registro Civil con el nombre 'Grabiel' en lugar de 'Gabriel' el 25 de abril de 2022. Tras solicitar rectificación administrativa el 20 de junio de 2023, el Registro Civil rechazó la petición indicando que debía tramitarse por vía judicial. La Corte de Apelaciones de Santiago acoge el recurso, considerando que la negativa vulnera el derecho al nombre propio como atributo de la personalidad y el derecho a la igualdad ante la ley. Se ordena al Director General del Registro Civil rectificar administrativamente el registro de nacimiento N° 946 del año 2022, sustituyendo 'GRABIEL' por 'GABRIEL' en el plazo de 10 días.
Normas citadas
Artículo 19 N° 1 de la Constitución Política de la República (derecho al nombre propio)
Artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República
derecho al nombre propioatributo de la personalidadigualdad ante la leyrectificación administrativaerror de inscripciónregistro civilrecurso de protecciónderechos fundamentales
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Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.