Resumen
El tribunal tributario y aduanero de valparaíso, en procedimiento general de reclamación, acogió el reclamo interpuesto en contra de los cargos n°s 540019 y 540600, emitidos por el servicio de aduanas dirección regional de valparaíso, en los cuales se consignó un error de clasificación de ciertos ítems, detectando que no se cancela el 15% del impuesto adicional en dichos ítems, conforme lo dispuesto en el decreto ley n°825 que grava en su artículo 37, letra l a las armas de aire o gas comprimido, sus accesorios y proyectiles, con excepción de las de caza submarina, sin embargo, en el proceso se estableció que, en la especie, se aplica a los accesorios importados, el código arancelario 9506.9990, que corresponde a “las demás, artículos de protección para deporte”, atendido que no se utilizan con una finalidad bélica, sino de pasatiempo en grupo, por lo que sería incorrecto clasificarlas en el capítulo 93 como pretendía el servicio.