Resumen del criterio jurisprudencial
Wilma Jiménez Mutis, administradora electoral de su candidatura a concejala por Copiapó, interpuso una reclamación contra la Resolución N°G16583 del Servicio Electoral, que aprobó su cuenta general de ingresos y autorizó un reembolso de $536.210. La autoridad electoral observó la boleta de honorarios N°1 por $50.000, considerándola extemporánea. El tribunal determinó que la boleta estaba dentro del plazo del artículo 47 de la Ley N°19.884, por lo que la observación quedó subsanada. En cuanto al exceso de ingresos de $4.480, el tribunal consideró que la petición de mayor devolución no debía ser acogida, pues el reembolso ya estaba justificado. Finalmente, la reclamación se acoge parcialmente, únicamente en lo relativo a la subsanación de la observación N°1.