F.M.E.C. presentó un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad contra e…
Sentencia · Tribunal Constitucional · 2026
Resumen
F.M.E.C. presentó un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad contra el artículo 154, inciso segundo, de la Ordenanza de Aduanas, en el marco de un proceso RIT VD-14-00105-2025 ante el Tribunal Tributario y Aduanero de Valparaíso. El requirente había ingresado una aeronave bajo el régimen DATAC, cuyo plazo de vigencia era de 90 días. La Dirección Nacional de Aduanas interpretó dicho plazo como días corridos, declaró la presunción de abandono y aplicó un recargo de $343.776.253 conforme a la norma impugnada. El requirente argumentó que el plazo debía contarse en días hábiles administrativos según la Ley N°19.880, y que la aplicación del recargo vulneraba su derecho de propiedad (artículo 19 N°24 de la Constitución). El Tribunal Constitucional rechazó el requerimiento, señalando que la norma impugnada no generaba un efecto inconstitucional en el caso concreto y que constituía un resguardo contra la discrecionalidad administrativa.
Normas citadas
Artículo 154, inciso segundo, de la Ordenanza de Aduanas
Ley N°17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional
Artículo 19 N°24 de la Constitución Política de la República
Ley N°19.880 (artículos 3 inciso tercero y 25)
Compendio de Normas Aduaneras (numeral 2.1.2 del Apéndice XVII del Capítulo 3)
inaplicabilidad por inconstitucionalidadderecho de propiedadrecargo aduanerorégimen DATACplazos administrativospresunción de abandonointerés máximo convencionaldiscrecionalidad administrativa
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