Resumen
El recurrente, de nacionalidad colombiana, interpuso un recurso de amparo en contra del Servicio Nacional de Migraciones por la Resolución Exenta N° 25435934 que ordenó su expulsión y prohibición de ingreso por cinco años. El recurrente alegó que la autoridad omitió considerar su vínculo filial con su hijo chileno menor de edad, T.C.C., vulnerando el interés superior del niño y la unidad familiar. La Corte de Apelaciones de Talca acogió el recurso, dejando sin efecto la resolución de expulsión, ordenando al Servicio Nacional de Migraciones dictar una nueva decisión motivada en un plazo razonable. El tribunal consideró que la autoridad administrativa realizó una ponderación defectuosa al descartar erróneamente la existencia de vínculos familiares en Chile. Se destacó que el recurrente no tenía antecedentes penales y que la medida era desproporcionada. El fallo se fundó en los artículos 19 N° 7 y 21 de la Constitución, el artículo 129 de la Ley N° 21.325 y la Convención sobre los Derechos del Niño. Hubo un voto disidente del ministro M.M.C., quien estimó que la expulsión era legal y que el recurrente no acreditó arraigo familiar ni laboral.