Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte Suprema conoció un recurso de protección interpuesto por Calvo contra Consalud S.A., por no otorgar igual cobertura a prestaciones de salud mental que a las de salud física, conforme a la Circular IF/N° 396 de la Superintendencia de Salud. La Corte de Apelaciones había rechazado el recurso, argumentando que la circular solo aplicaba a nuevos planes de salud. La Corte Suprema revocó esa decisión, señalando que la Ley N° 21.331 y la circular se aplican a todos los contratos vigentes, no solo a los nuevos. El tribunal ordenó a la Isapre ajustar la cobertura de salud mental para equipararla a la de salud física, pero rechazó la solicitud de devolución de sumas pagadas por falta de cobertura, por tratarse de una decisión constitutiva. La sentencia se fundó en los principios de equidad y no discriminación establecidos en la ley de salud mental.