Resumen del criterio jurisprudencial
El candidato a Concejal por Hualpén, Luis Alberto Saldías González, reclamó contra la Resolución N°G15360 del Director del Servicio Electoral, que aprobó con observaciones su cuenta de ingresos y gastos electorales y denegó el reembolso por no haber subsanado las observaciones en plazo. Las observaciones requerían aclarar una boleta de honorarios pendiente de pago y justificar la diferencia entre ingresos y gastos. El candidato no respondió dentro del plazo legal de diez días hábiles, alegando falta de experiencia y error de comprensión. Invocó los principios de pro participación y contradictoriedad, así como jurisprudencia del TCE, para solicitar la aprobación de la cuenta y el reembolso total. El Tribunal Calificador de Elecciones rechazó la reclamación, señalando que el candidato no justificó fuerza mayor que le impidiera cumplir con el plazo perentorio. Estimó que las alegaciones de inexperiencia no excusan el incumplimiento y que el principio de pro participación no puede prevalecer sobre las exigencias legales expresas. En consecuencia, confirmó la resolución del Servicio Electoral.