Resumen
Se acoge el amparo deducido en contra de la Municipalidad de Codegua, ordenando la entrega de diversos antecedentes relacionados con los dineros recibidos por la municipalidad de Codegua desde JUNAEB para la ejecución del Programa Salud Oral a Estudiantes de la comuna, entre los años 2020 y 2025, debiendo el órgano tarjar, previamente, todos aquellos datos personales de contexto que pudieran estar contenidos en la información cuya entrega se ordena, como por ejemplo, el número de cédula de identidad, domicilio particular, fecha de nacimiento, la nacionalidad, el estado civil, teléfono, correo electrónico particular, entre otros. En el evento de que alguno de los documentos o antecedentes requeridos no existan o no puedan ser encontrados, dicha circunstancia se deberá explicar y acreditar en forma detallada y pormenorizada en la etapa de cumplimiento, de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 2.3 de la Instrucción General N° 10 de este Consejo. Lo anterior, por tratarse de información que debe obrar en poder del órgano conforme a sus funciones y obligaciones legales, y por no haber alegado causales de reserva que ponderar.