Resumen del criterio jurisprudencial
El abogado Gerardo Andrés Parra Herrera interpuso una acción de impugnación contra la Ilustre Municipalidad de Peñaflor por la declaración de inadmisibilidad de la oferta de Equipos Médicos y Dentales Tecmedent Ltda. en la licitación pública ID 2734-11-LE25, basada en el Decreto Alcaldicio N°1025 y el Acta de Evaluación del 5 de septiembre de 2025. La demandante alegó que había cumplido con los requisitos técnicos del Formulario N°3, presentando la ficha técnica que demostraba la regulación de lux y los niveles de intensidad de la lámpara y del pedal. La Comisión Evaluadora consideró que dichos requisitos no estaban cumplidos, a diferencia de otros oferentes, lo que generó una supuesta falta de igualdad y arbitrariedad. La parte demandada respondió con un informe y la autoridad judicial analizó los antecedentes y la normativa aplicable. La Corte declaró que la acción de impugnación era procedente y que el acta de evaluación y el decreto eran ilegales y arbitrarios. Además, reconoció a la empresa el derecho a demandar indemnizaciones y dispuso que cada parte asuma sus costas.