Resumen del criterio jurisprudencial
El Ministerio Público acusó al imputado como autor del delito del artículo 36 B letra b) de la ley 18.168 por haber modificado la identificación electrónica de su celular cargando sus llamadas a un tercero, interrumpiendo de paso el servicio prestado a la víctima. El acusado reconoció su responsabilidad en los hechos, lo que junto al mérito de los antecedentes aportados por la Fiscalía, permitió al Tribunal formarse una convicción condenatoria.