Laboral

La jornada extraordinaria es la que excede de la jornada ordinaria de 42 horas semanale…

Resumen del criterio jurisprudencial

La jornada extraordinaria es la que excede de la jornada ordinaria de 42 horas semanales o de la pactada si es menor. Para los efectos del pago del sobretiempo deben sumarse no tan solo las horas sino también los minutos laborados en exceso de la jornada ordinaria pactada.

Jornada de TrabajoExtraordinaria

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.