Resumen del criterio jurisprudencial
El caso trata de una reclamación presentada por Inmobiliaria e Inversiones Padupark S.A. contra el SII en relación con un giro antecedido por una liquidación. La reclamante alegó vulneración de los procedimientos administrativos de notificación y entrega de las liquidaciones. El tribunal consideró que el requisito de admisibilidad del artículo 124 del Código Tributario exige alegar disconformidad entre el giro y la liquidación, y no la fundamentación presentada. Por lo tanto, declaró inadmisible la reclamación. Se ordenó notificar por carta certificada.