Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte de Apelaciones de Rancagua confirmó la sentencia del Segundo Juzgado de Policía Local de Rancagua que condenó a un supermercado por daño moral tras acusar falsamente a una cliente por sustraer un esmalte de uñas. La decisión estableció que los reajustes e intereses deben calcularse desde que la sentencia quede firme y ejecutoriada hasta su pago efectivo. El caso fue dictado por la Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Rancagua. La sentencia no cumplió requisitos para ser anonimizada según el Acta de la Corte Suprema.