El máximo tribunal declaró que más de ocho años de prestación de servicios a honorarios…
Resumen del criterio jurisprudencial
El máximo tribunal declaró que más de ocho años de prestación de servicios a honorarios configuran un vínculo laboral subordinado, ordenando a la municipalidad pagar indemnizaciones y cotizaciones previsionales pendientes por más de $16 millones.
La Corte Suprema declaró que más de ocho años de prestación de servicios a honorarios en La Pintana configuran relación laboral subordinada, no un contrato de servicios específicos permitido por la Ley N°18.883.El tribunal aplicó el principio de primacía de la realidad: pese al formato de honorarios, la jornada fija, instrucciones de jefatura, control de asistencia y remuneración mensual revelan subordinación propia del Código del Trabajo.La municipalidad debe pagar indemnizaciones por despido injustificado superiores a $16 millones, más cotizaciones previsionales, de cesantía y de salud pendientes desde 2014, con reajustes e intereses desde que la sentencia quede ejecuto…
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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.