Resumen del criterio jurisprudencial
Se acoge el amparo interpuesto en contra de la Municipalidad de Vitacura, ordenando la entrega de los expedientes sumarios finalizados entre los años 2023 al 2025. Lo anterior, por cuanto, se desestima la verificación de la causal de reserva o secreto de distracción indebida, al no haberse justificado ni acreditado suficientemente una expectativa razonable de daño o afectación, presente o probable y con la necesaria especificidad, al cumplimiento de las funciones del organismo. Previo a la entrega, se deberá anonimizar la información y tarjar los datos personales de contexto, y datos sensibles, que pudieran contener los documentos requeridos, en aplicación del principio de divisibilidad consagrado en la Ley de Transparencia. A su vez, el municipio deberá remitir a este Consejo copia de la información que proporcione al solicitante. Se concede al organismo un plazo extraordinario de 45 días hábiles contados desde que la presente decisión quede ejecutoriada para la entrega de la información.