Resumen del criterio jurisprudencial
El recurso de casación fue interpuesto por Christian Neumann Manieu en representación de Hernán Lacalle Soza, Erika Schuler Zegers y la comunidad hereditaria de la sucesión de José Luis Undurraga Matta, Julia y Lucía Sermini Fernández, contra la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago que había rechazado su reclamo contra la Dirección General de Aguas. Los recurrentes alegan que la sentencia impugnada vulneró el artículo 42 y el artículo 253 del Código de Aguas de 1969, que otorgan preferencia a los solicitantes que presentaron su petición antes del 15 de septiembre de 1980 y cumplieron con la publicación y el plazo de oposición de 30 días. Asimismo sostienen que la aplicación de las disposiciones transitorias del Código de Aguas de 1981, en particular el artículo 7° inciso 2°, fue indebida porque el plazo de oposición bajo el código de 1969 ya había expirado. El tribunal analizó que, al vencerse el plazo de oposición, corresponde aplicar el régimen del Código de Aguas de 1969, lo que otorga a los recurrentes la preferencia para la concesión de los derechos de aprovechamiento de aguas solicitados. En consecuencia, el tribunal concluyó que la sentencia de la Corte de Apelaciones había aplicado correctamente la normativa vigente y rechazó el recurso de casación en el fondo.