El Tercer Tribunal Ambiental de Valdivia conoció de la reclamación interpuesta por los…
Sentencia · Tribunal Ambiental · 2026
Resumen
El Tercer Tribunal Ambiental de Valdivia conoció de la reclamación interpuesta por los señores A.E.S., J.P.E.S., Gerardo Javier Edwards Schleyer e Inversiones Polo Sur Limitada contra la Resolución Exenta N° 1431/2023 del Ministerio del Medio Ambiente, que declaró el Estero Coihueco como humedal urbano bajo la Ley N° 21.202. Los demandantes alegaron vicios esenciales en el acto administrativo y en el procedimiento, argumentando que la declaratoria imponía un gravamen injustificado sobre sus predios. Tras la audiencia de alegatos y la revisión del expediente, el tribunal determinó que la declaración de humedal urbano debía ser anulada parcialmente en lo que afecta a los predios de los reclamantes, por falta de pruebas objetivas y verificables. No obstante, mantuvo la declaratoria para el resto del territorio. Finalmente, se ordenó a la autoridad administrativa que, de persistir la declaratoria, la fundamente con antecedentes técnicos y se exoneró a los reclamantes del pago de costas.
Normas citadas
Art. 3° Ley N° 21.202
Art. 10 Ley N° 21.202
Art. 8° del Reglamento de Humedales Urbanos (RHU)
Art. 160 Código de Procedimiento Civil
Art. 164 Código de Procedimiento Civil
Art. 169 Código de Procedimiento Civil
Art. 170 Código de Procedimiento Civil
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