Resumen del criterio jurisprudencial
Ylianise Deluce, nacional haitiana, interpuso una acción constitucional de amparo contra el Servicio Nacional de Migraciones por la Resolución Exenta N°24582265 que rechazó su solicitud de residencia definitiva y ordenó su abandono del país, así como por la comunicación que le informó la imposibilidad de tramitar una nueva solicitud mientras estuviera vigente dicha orden. La actora alegó que la orden no fue debidamente notificada, que era desproporcionada y que vulneraba el debido proceso y la protección de la familia. El Servicio Nacional de Migraciones informó que la resolución fue notificada y que la actora interpuso un recurso administrativo que se encuentra pendiente, el cual suspende los efectos del acto impugnado conforme al artículo 140 de la Ley N°21.325. La Corte consideró que, al existir un recurso administrativo en curso con efecto suspensivo, la orden de abandono carece de ejecutividad y no se configura una privación o amenaza actual a la libertad personal que justifique el amparo. En consecuencia, rechazó la acción sin costas.