La Corte de Apelaciones de Valparaíso acoge la acción de protección interpuesta por el…
Sentencia · Corte Suprema · 2025
Resumen
La Corte de Apelaciones de Valparaíso acoge la acción de protección interpuesta por el médico cirujano T.A.T.M. en contra del Servicio de Salud Valparaíso San Antonio y la Universidad Nacional Andrés Bello. El recurrente fue sancionado con expulsión del programa de especialización en Traumatología y Ortopedia por una supuesta adulteración de calificaciones, sanción que fue rebajada a suspensión de dos semestres. Cumplido el plazo de suspensión en marzo de 2025, las instituciones recurridas no lo reincorporaron al programa, argumentando la búsqueda de un recinto de salud que lo aceptara. La sentencia ordena la reincorporación inmediata del recurrente al tercer año del programa de especialización, reconociendo sus derechos indubitados a continuar su formación y percibir los beneficios económicos asociados a su condición de becario.
Normas citadas
Artículo 19 numerales 2, 3, 21 y 24 de la Constitución Política de la República
Artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República
Auto Acordado sobre acciones de protección
acción de protecciónderechos fundamentalesespecialización médicabecas de postgradocontinuidad formativavulneración de derechosreincorporación laboralbeneficios económicos
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