Resumen
La Comunidad Agrícola Canela Alta demandó al comunero U.O.M. para que removiera un cerco que instaló en terrenos comunes, sector Los Rulos, sin autorización de la Junta General de Comuneros ni del Directorio. El demandado alegó ser titular de un goce singular originario asociado a su derecho de comunidad N°311, argumentando posesión tranquila, pacífica e ininterrumpida por más de 50 años. La Corte Suprema, en sentencia de reemplazo, analizó la prueba documental, incluyendo resoluciones administrativas y certificados de dominio, así como el informe de la Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales. Concluyó que el demandado no acreditó que su derecho de comunidad incluyera un goce singular originario sobre el sector específico donde construyó el cerco, ni que el cerco existente correspondiera a su propiedad. Por ello, revocó la sentencia apelada que había rechazado la demanda y acogió la acción, ordenando la remoción del cerco en el plazo de 5 días desde que la sentencia quede ejecutoriada, bajo apercibimiento de que la demandante lo haga a costa del demandado. No se condenó en costas por haber tenido motivo plausible para litigar.