Resumen del criterio jurisprudencial
El abogado Eduardo Sanhueza Díaz interpuso recurso de amparo en favor de Romario Yhonsilba Flores Ramos contra actos del Juzgado de Garantía de Arica y del Juzgado de Garantía de Mejillones que mantenían su detención. El recurrente alegó que la ampliación de la medida cautelar por cinco días vulneró el artículo 19 numeral 7 de la Constitución y el artículo 131 del Código Procesal Penal, pues la detención excedió las 24 horas sin ser presentada a audiencia. El tribunal constató que la ampliación se realizó conforme al artículo 132 inciso final del Código Procesal Penal y que la autoridad competente había respetado el procedimiento legal. Asimismo, se consideró que la medida estaba dentro de la competencia del juzgado y no había infracción a la legalidad. En consecuencia, el recurso de amparo fue rechazado y se ordenó la notificación y archivo del expediente.