El máximo tribunal ratificó que las servidumbres en favor de concesiones mineras son es…
Resumen del criterio jurisprudencial
El máximo tribunal ratificó que las servidumbres en favor de concesiones mineras son esencialmente transitorias y que su duración debe determinarse al constituirlas, en función de la vida útil del proyecto, para evitar la perpetuidad y cuantificar correctamente los perjuicios.
La Corte Suprema rechazó el recurso de casación y mantuvo el plazo de 28 años para las servidumbres mineras de Manto Verde sobre terrenos fiscales.La sentencia reafirma que la transitoriedad de las servidumbres mineras exige fijar un plazo determinado, basado en la vida útil estimada del proyecto, para no desnaturalizarlas en perpetuas.La duración se fijó conforme a la Resolución de Calificación Ambiental que establecía 2 años de construcción, 20 de operación y 10 de cierre.La recurrente no acreditó agravio, ya que ella misma admitió no cuestionar la suficiencia del plazo, sino la modalidad de plazo fijo.
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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.