Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte Suprema rechaza el recurso de casación interpuesto por la Universidad Playa Ancha en contra de la sentencia de la Corte de Apelaciones de Valparaíso que confirmó la prescripción extintiva de la deuda derivada de un crédito solidario universitario. La demandante Mónica Miranda Meza había suscrito un convenio de financiamiento para sus estudios de pregrado entre 1998 y 2003 a través del Fondo Solidario de Crédito Universitario. La universidad argumentaba que las cuotas posteriores a 2013 no estaban prescritas, pero la Corte Suprema confirma que al momento de la notificación de la demanda (5 de diciembre de 2019), la acción ordinaria de cobro ya había prescrito conforme a los artículos 2514 y 2515 del Código Civil. Se rechaza el recurso de casación por no existir error de derecho en las sentencias anteriores.