Laboral

Debe entenderse por mes el periodo continuo que se cuenta desde una fecha hasta otra ig…

Resumen del criterio jurisprudencial

Debe entenderse por mes el periodo continuo que se cuenta desde una fecha hasta otra igual del mes siguiente, independientemente de que los meses terminen en 28, 29, 30 o 31. Ejemplo, 1 de enero al 1 de febrero, 20 de enero al 20 de febrero.

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.