Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte de Apelaciones de Talca acoge parcialmente la demanda de nulidad de despido presentada por trabajadora municipal. Se declara que el despido es nulo cuando el empleador no ha pagado íntegramente las cotizaciones previsionales, subsistiendo la relación laboral. Se ordena el pago de remuneraciones devengadas hasta la cancelación total de cotizaciones previsionales conforme al artículo 162 del Código del Trabajo. La sentencia reproduce la sentencia anulada eliminando el motivo 11°. Existe voto disidente del Ministro Moisés Muñoz Concha que rechaza la aplicación de la sanción por discrepancia sobre el vínculo laboral.