Administrativo

Dirigentes gremiales que laboran en horarios nocturnos como parte de su jornada ordinar…

Resumen del criterio jurisprudencial

Dirigentes gremiales que laboran en horarios nocturnos como parte de su jornada ordinaria, mantienen su derecho a percibir el recargo del cincuenta por ciento correspondiente al desempeño en dichos horarios, aun cuando hagan uso de permisos gremiales

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.