Seguridad social

Seguridad social: Cotización adicional diferenciada, Ley Nº 16.744

Resumen del criterio jurisprudencial

Ley Nº 16.744. Los días perdidos por un accidente del trabajo ocurrido el 30 de julio del año anterior al de la evaluación, corresponde que hayan sido considerados en el cálculo de la tasa de los procesos de evaluación realizados en el año siguiente y en la siguiente evaluación, incluso si trabajador accidentado deja de desempeñarse en la empresa..

Cotización adicional diferenciadaLey Nº 16.744

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.