Resumen del criterio jurisprudencial
La reclamante María Purificación Ortiz Borda, representada por mandato, solicitó el desistimiento de la reclamación tributaria interpuesta contra el Servicio de Impuestos Internos. El tribunal, al no existir oposición de la parte reclamada, y en virtud de las facultades otorgadas en el mandato, resolvió acoger el desistimiento. La decisión se fundamentó en los artículos 150 del Código de Procedimiento Civil y 148 del Código Tributario. Se ordenó notificar a la reclamante mediante carta certificada y al SII mediante publicación en el sitio web del tribunal. Asimismo, se dispuso dar aviso por correo electrónico a las partes registradas. El tribunal dejó los testimonios procedentes y agregó la resolución a los autos.