Resumen del criterio jurisprudencial
Ricardo Andrés Figueroa Gómez, organizador de eventos musicales, interpuso un recurso de protección contra Claudia Andrea Berríos Toledo, Gustavo Alexis Concha Parra y Esteban Moisés Palma Pereira por publicaciones en redes sociales que lo acusaban de estafa y falta de profesionalismo tras el evento 'Vomitous Brutal Fest'. Las publicaciones se difundieron en Facebook e Instagram, incluyendo una imagen con su fotografía y las expresiones 'RIP OFF' y 'ESTAFADOR VOMITOUS'. El recurrente solicitó la eliminación de las publicaciones, una disculpa pública y la abstención de futuras publicaciones similares. Los recurridos argumentaron falta de certeza sobre la autoría y vigencia de las publicaciones, y que se trataba de discrepancias comerciales ajenas al recurso de protección. La Corte consideró que las publicaciones constituían actos de autotutela y afectaban el derecho a la honra, la vida privada y la presunción de inocencia del recurrente. Se acogió el recurso, ordenando la eliminación del contenido cuestionado en un plazo de cinco días, sin costas.