Laboral

El monto de la garantía que tienen que constituir las EST, debe ser ajustado cada 12 me…

Resumen del criterio jurisprudencial

El monto de la garantía que tienen que constituir las EST, debe ser ajustado cada 12 meses, considerando para el cálculo de este plazo la fecha de depósito de la misma, y su monto dependerá de la cantidad de trabajadores que se encuentren contratados a la fecha del ajuste. El trámite mismo lo inicia la propia EST en la institución financiera que mantiene en custodia el documento.

EmpresaEmpresas de Servicios Transitorios (EST)

Accede al fallo completo

Inicia sesión para ver el tribunal, el rol de la causa, la fecha, el texto íntegro y analizar el fallo con inteligencia artificial.

Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.