Resumen
A partir del mismo análisis, los servicio que presta la DIBAM, referidos a impresión de microfichas, digitalización de las mismas, microfilmación de documentos, fotografía digital, digitalización de documentos, impresión de documentos digitales y legalizaciones de documentos, se encontrarían exentos del Impuesto al Valor Agregado, ya que se trataría de una actuación que realiza la DIBAM en su calidad de conservador de otros registros que le encomiendan la leyes, al tenor de lo dispuesto en el artículo 466 del Código Orgánico de Tribunales, puesto que se entregan copias a usuarios que lo solicitan respecto de los documentos custodiados, los cuales tienen dicha calidad por mandato legal del D.F.L. 5200 de 1929. Finalmente, y en relación al expertizaje de documentos indica que, si bien es cie