Resumen del criterio jurisprudencial
Licencia Médica Preventiva Parental: Las trabajadoras del sector público o municipal que se desempeñan a honorarios, a quienes se les emitieron licencias de descanso postnatal, pero no se las tramitaron, porque se les mantiene el pago de los honorarios, la entidad pública o municipal involucrada les pagará la renta que corresponda de acuerdo al contrato a honorarios pertinente, sin que en estos casos exista derecho a reembolso alguno de subsidio. Por tanto, en estos casos, las licencias médicas preventivas parentales se deben autorizar sin derecho a subsidio por incapacidad labora